Lunes, 14 de Septiembre de 2026
Periódico Digital de La Palma

4 trabajadoras sanitarias afiliadas al sindicato CSIF logran la segunda sentencia en Canarias por abuso de temporalidad después de la STS de 11 de Mayo de 2026

La resolución dictada el 10 de Septiembre de 2026 por el Plaza número SIETE (Sección Social) de Santa Cruz de Tenerife, estima la demanda presentada frente Instituto de Atención Social y Sanitaria de Tenerife (IASS), poniendo fin a una situación marcada por la sucesión de contratos temporales durante varios lustros.

Esta resolución, aplica aún con más contundencia, la reciente doctrina del Tribunal de Supremo, al fallar no solo la fijeza, sino a establecer acumuladamente una indemnización por los daños morales causados en la cantidad de 2.000 € por cada trabajadora; y viene a apuntalar la inicial resolución dictada el 24 de Junio de 2026 por el Plaza número CINCO (Seccion Social) de Santa Cruz de Tenerife.

 

La trabajadoras sanitarias han obtenido otra sentencia histórica gracias a la actuacion del Sindicato CSIF, y a la defensa jurídica de la abogada Selma Hernández Delgado.

 

 

Según el criterio sostenido por la parte demandante, esta resolución constituye el segundo fallo judicial en Canarias que reconoce la fijeza de una trabajadora del ámbito sanitario como medida efectiva frente al abuso de la temporalidad, en aplicación de la normativa europea y de la reciente evolución de la jurisprudencia; así como una indemnización acumulada por los daños morales causados.

 

Y supone un nuevo varapalo al IASS de Tenerife que se ha prodigado en abusar de una forma alarmante en las contrataciones temporales inusalmente largas en fraude de temporalidad.

 

Las demandantes iniciaron su relación laboral hace varios lustros, llegando a encadenar numerosos contratos temporales antes de ocupar una plaza como interina por vacante, situación que el juzgado ha vuelto a considerar incompatible con la protección que exige el Derecho de la Unión Europea frente al uso abusivo de la contratación temporal.

 

La sentencia vuelva a declarar por segunda vez en Canarias  el derecho de la demandante a la condición de personal laboral fijo por abuso de la contratación temporal y “superación” (concepto a efectos de la doctrina del TS) de un proceso selectivo para personal laboral fijo.

 

Las demandantes auxiliares de enfermería, como personal laboral, suscribieron un excesivo número de contratos temporales, declarándose el carácter abusivo en la contratación interina por vacante, y superaron la fase eliminatoria del proceso selectivo, aunque no pudieron adquirir la fijeza en aquel momento, por ofertarse menos plazas que aspirantes que superaron la fase de oposición (aprobados sin plaza).

 

 La jueza considera que la contratación tiene carácter abusivo. La decisión se adopta por aplicación los criterios contenidos en la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 3 de junio de 2021, asunto C-726/2019, y la jurisprudencia mantenida por la Sala IV del Tribunal Supremo, a partir de su sentencia del Pleno de 28 de junio de 2021, recurso 3263/2019.

 

 

 

 

Dicha contratación temporal se considera inusual o anormalmente larga a efectos de la cláusula 5 del Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada, anexo a la Directiva 1999/70/CE, y, por ello, se le puede aplicar lo que se contempla en la sentencia de la Sala IV del Tribunal Supremo de 11 de mayo de 2026, recurso para unificación de doctrina 3543/2023. La demandante “superó” I a los efectos de esa doctrina jurisprudencial) un proceso selectivo para personal fijo, porque lo que tenía carácter eliminitario era la fase de oposición, no la de concurso, y esta circunstancia, unida al carácter abusivo de la temporalidad del contrato, determinaron su fijeza.

 

 

Esta sentencia respalda con más contundencia si cabe, al obtener además, indemnización por daños morales, y supone un segundo precedente para miles de profesionales sanitarios y sociosanitarios que llevan años prestando servicios mediante contratos temporales o nombramientos prolongados, y abre la puerta a que otros trabajadores en circunstancias similares puedan reclamar la tutela de sus derechos.

 

El sindicato CSIF ha querido destacar que este procedimiento "no solo representa una victoria personal de las afectadas, sino también un reconocimiento a todos los trabajadores que durante años han sostenido los servicios públicos en condiciones de temporalidad abusiva".

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